Oposiciones de Tramitación Procesal Online

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Tramitación Procesal
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Se preparan todos los ejercicios de los dos cuerpos

¿Qué es un Tramitador Procesal y qué es lo que hace?

El Cuerpo de Tramitación Procesal, conformado por funcionarios de carrera vinculados a la Administración de Justicia, realiza cuantas actividades tengan carácter de apoyo a la Gestión Procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado. Por ejemplo, hacen labores de tramitación general de los procedimientos, registro o formación de autos y expedientes. En su labor rige el principio de jerarquía.

Plazas para la convocatoria 2021 de Oposiciones de Justicia

Gestión Procesal

596 Plazas

Tramitación Procesal

1346 Plazas

Auxilio Judicial

1043 Plazas

Requisitos necesarios para ser Tramitador Procesal

  • Para la convocatoria de las plazas correspondientes a las OEP de 2017 y 2018 el sistema de acceso será concurso-oposición. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar. A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso. La calificación final del proceso selectivo vendrá determianda por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.

    FASE 1: OPOSICIÓN

    Constará de tres ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios. El primer y el segundo ejercicio tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, uno a continuación de otro.

    Primer ejercicio
    • 100 preguntas tipo test
    • Puntuación: acertadas + 0,6 /  falladas -0,15 /  no contestadas 0
    • Puntuación máxima: 60 puntos
    • Tiempo: 90 minutos.

    La determinación de la nota mínima para superar el primer ejercicio en cada ámbito territorial convocante será equivalente al resultado de diez aspirantes por plaza, que hubieran obtenido como mínimo un 60% de la puntuación posible (36), con independencia de las instancias que se hubieran presentado por dicho ámbito. A los aspirantes que no alcancen la puntuación mínima en el primer ejercicio no se les corregirá el segundo.

    Segundo ejercicio
    • De carácter práctico, escrito y eliminatorio
    • 20 preguntas tipo test
    • Puntuación: acertadas +1 /  falladas -0,25 /  no contestadas 0
    • Puntuación máxima: 20 puntos
    • Tiempo: 60 minutos

    Para superar el segundo ejercicio será suficiente obtener el 50% de la puntuación posible.

    Tercer ejercicio: prueba de Microsoft Word

    Consistirá en contestar a preguntas prácticas y aplicadas a la utilización de un procesador de textos Microsoft Word 2010 con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine. Test de 15 preguntas. Se calificará de 0 a 20 puntos. Las preguntas acertadas se valorarán con 1,33 puntos; las no acertadas y las que contengan respuestas múltiples descontarán 0,33 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

    • Contestar a 15 preguntas
    • Puntuación: acertadas +1,33 /  falladas -0,33 /  no contestadas 0
    • Puntuación máxima: 20
    • Tiempo: 30 minutos

    FASE 2. CONCURSO

    En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten los opositores que hayan superado todos los ejerccios de la fase de oposición.

    • Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español. La puntuación máxima a otorgar será de 12 puntos.
    • Historial profesional (cursos de formación, recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, de contenido jurídico o informático). La puntuación máxima a otorgar será de 7,5 puntos.
    • Por los ejercicios de los procesos  de las convocatorias de las OEP de 2015 y 2016 de cualquiera de los cuerpos de Justicia. La puntuación máxima será de 14 puntos.
    • Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración. La puntuación máxima a otorgar seerá de 33,5 puntos

    Se valorará también el conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco.

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